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Cómo calcular el aumento de alquiler por IPC (acumulado, no suma)

22 de julio de 2026 · 8 min de lectura

El aumento de alquiler por IPC se calcula multiplicando los factores de inflación de cada mes del período, no sumando los porcentajes. Si en tres meses el IPC fue 3%, 4% y 2,5% (ejemplo), el ajuste correcto surge de hacer 1,03 × 1,04 × 1,025, que da un factor de 1,098: el alquiler sube 9,8%, no 9,5%. Esa diferencia parece chica, pero se repite ajuste tras ajuste y sobre montos cada vez más grandes. Sumar en vez de componer es el error más común al actualizar alquileres por IPC en Argentina.

Por qué no se suman los porcentajes

La inflación de cada mes se aplica sobre un precio que ya incluye la inflación del mes anterior. Es el mismo efecto del interés compuesto: cada variación se calcula sobre una base que ya creció. Por eso los porcentajes no se pueden sumar directamente, porque la suma ignora que la base cambia mes a mes. Cuanto más alta la inflación y más largo el período, más grande es la brecha entre sumar y componer.

Además, desde el DNU 70/2023 (diciembre de 2023) rige la libertad contractual: el índice y la frecuencia de ajuste son los que las partes pactaron en el contrato. Eso hizo que muchos contratos nuevos usen IPC con ajustes trimestrales o cuatrimestrales, y que el cálculo compuesto pase a ser parte de la rutina de cualquier inmobiliaria. Hacerlo mal genera diferencias que después son incómodas de explicar al propietario o al inquilino.

La fórmula del ajuste por IPC, paso a paso

El procedimiento tiene tres pasos. Primero, identificá los meses que abarca el período de ajuste según tu contrato. Segundo, convertí cada variación mensual del IPC en un factor: 3% se convierte en 1,03; 4% en 1,04; 2,5% en 1,025. Tercero, multiplicá todos los factores entre sí y aplicá el resultado al alquiler vigente.

Sigamos con el ejemplo: un alquiler de $500.000 (número redondo, a modo de ejemplo) con ajuste trimestral y variaciones de 3%, 4% y 2,5%. El factor compuesto es 1,03 × 1,04 × 1,025 = 1,09798. El nuevo alquiler es $500.000 × 1,09798 = $548.990. Si hubieras sumado los porcentajes (9,5%), el resultado habría sido $547.500: casi $1.500 de diferencia por mes, todos los meses del nuevo período.

Un atajo útil: en vez de trabajar con las variaciones mensuales, podés dividir el valor del índice del último mes por el valor del índice del mes base. El resultado es exactamente el mismo factor compuesto, con menos pasos y menos chances de error de tipeo. Cualquiera de los dos caminos es válido; lo importante es no sumar.

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El dato del INDEC sale a mediados del mes siguiente

El IPC lo publica el INDEC a mediados del mes siguiente al que mide. La inflación de marzo, por ejemplo, se conoce recién alrededor de mediados de abril. Esto tiene una consecuencia práctica directa: cuando llega la fecha de ajuste, el dato del último mes del período muchas veces todavía no está publicado.

Por eso conviene que el contrato defina con claridad qué meses toma el ajuste. La práctica más cómoda es usar los últimos meses con dato ya publicado al momento de calcular, de modo que el número esté siempre disponible cuando hay que comunicar el nuevo valor. Lo que no conviene es improvisar: si cada ajuste toma meses distintos según el apuro, tarde o temprano aparecen diferencias y discusiones.

¿Y si el dato del mes todavía no salió?

Tenés dos caminos razonables. El primero es correr la ventana de meses hacia atrás y usar siempre índices publicados, si el contrato lo permite o las partes lo acuerdan por escrito. El segundo es esperar la publicación del INDEC y ajustar con unos días de demora, dejando claro al inquilino que el nuevo valor rige desde la fecha contractual y que la diferencia de esos días se integra con el pago siguiente.

Lo que no deberías hacer es estimar la inflación a ojo y facturar sobre un número inventado. Si después el dato oficial resulta distinto, vas a tener que recalcular, emitir notas de ajuste y dar explicaciones. Con una regla clara escrita en el contrato, este problema directamente desaparece.

Trimestral o cuatrimestral: qué cambia en la práctica

Con la libertad contractual del DNU 70/2023, la frecuencia también se pacta libremente. La regla general es simple: ajustes más frecuentes son más chicos pero más seguidos; ajustes más espaciados son más grandes pero menos frecuentes. Con una inflación pareja del 3% mensual (ejemplo), un ajuste trimestral da 9,3% cada tres meses, mientras que uno cuatrimestral da 12,6% cada cuatro meses.

En el total del año el efecto económico es prácticamente el mismo; lo que cambia es la experiencia de las partes. El inquilino suele preferir saltos más suaves, y el propietario suele preferir no quedarse atrás de la inflación demasiados meses. Como inmobiliaria, tu trabajo es explicar este intercambio con números y dejar la frecuencia bien escrita en el contrato, porque cada frecuencia distinta es una fecha más que alguien tiene que recordar.

Y ahí está el verdadero riesgo operativo: con 50 o 100 contratos, cada uno con su índice, su frecuencia y su fecha, los ajustes se convierten en un calendario imposible de llevar en la cabeza. Llavego calcula la indexación automáticamente con ICL, IPC, UVA o CER, siempre con el método compuesto correcto, y te avisa cuándo toca actualizar cada contrato. Vos revisás, confirmás y comunicás; las cuentas las hace el sistema.

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