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Qué impuestos paga un propietario que alquila su propiedad

13 de julio de 2026 · 8 min de lectura

Un propietario que alquila su propiedad tributa, según su situación, por monotributo o por el impuesto a las Ganancias en el régimen general; además puede estar alcanzado por Ingresos Brutos, que es provincial y varía según la jurisdicción, y por Bienes Personales sobre el inmueble, con una exención importante si el contrato está registrado. A eso se suma la obligación de facturar los alquileres. Este artículo es un mapa general para ubicarte; los números finos de tu caso los define tu contador.

Monotributo o Ganancias: el impuesto principal

El primer cruce de caminos es el encuadre. Muchos propietarios pueden canalizar sus alquileres por el monotributo, que simplifica todo en una cuota mensual. La cantidad de inmuebles alquilados no es causal de exclusión del régimen: podés tener varias propiedades en alquiler y seguir siendo monotributista, siempre que tus ingresos totales no superen los topes de categoría.

Dentro del monotributo hay un caso especialmente favorable: si tu única actividad es la locación de hasta 2 inmuebles con contrato registrado, estás exento del impuesto integrado. Un propietario que solo alquila su departamento heredado, con contrato registrado (ejemplo típico), encuadra ahí y no paga ese componente de la cuota.

Si no encuadrás en el monotributo o preferís no usarlo, los alquileres tributan Ganancias en el régimen general, donde se declaran los ingresos y se deducen los gastos vinculados. Acá hay otro beneficio ligado al registro: con contrato registrado, locador y locatario pueden deducir el 10% del alquiler anual en Ganancias. La elección entre monotributo y régimen general depende de tus ingresos totales, tus otras actividades y tus gastos deducibles: es exactamente el tipo de decisión que conviene tomar con tu contador y no con una nota de blog.

Ingresos Brutos: depende de tu provincia

Ingresos Brutos es un impuesto provincial, y el tratamiento de los alquileres cambia según la jurisdicción: hay provincias con mínimos, exenciones o regímenes distintos según la cantidad de propiedades o el monto cobrado. No vamos a darte alícuotas acá porque cualquier número sería incorrecto para la mitad de los lectores. La regla práctica es simple: averiguá el tratamiento en la provincia donde está el inmueble y consultalo con tu contador antes de dar nada por sentado.

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Bienes Personales y el premio por registrar el contrato

El inmueble forma parte de tu patrimonio y, como tal, puede estar alcanzado por Bienes Personales si superás los mínimos del impuesto. Pero acá aparece uno de los mejores incentivos del sistema: la propiedad alquilada con contrato registrado está exenta de Bienes Personales. Es decir, ese departamento que alquilás en regla puede quedar afuera de la base del impuesto.

Fijate el patrón: la exención del impuesto integrado en el monotributo, la deducción del 10% en Ganancias y la exención de Bienes Personales dependen todas de lo mismo, el contrato registrado ante ARCA. Registrar es gratis y rápido; no registrarlo es dejar beneficios sobre la mesa. Si administrás propiedades de terceros, explicarle esto al dueño es parte del servicio.

La obligación de facturar los alquileres

Los alquileres se facturan. El tipo de comprobante depende de tu condición fiscal: el monotributista emite Factura C, y en el régimen general corresponden Factura A o B según quién sea el inquilino. La factura además ordena la relación: el inquilino tiene su comprobante, el propietario su respaldo, y ante cualquier inspección o reclamo los papeles cierran.

En la práctica, la facturación mensual es de las tareas que más se postergan, sobre todo cuando una inmobiliaria administra decenas de contratos y cada propietario tiene su propia condición fiscal. Postergarla genera comprobantes fuera de fecha y propietarios en falta sin saberlo.

El mapa completo, en orden

Resumiendo el recorrido: definí tu encuadre (monotributo o Ganancias) con tu contador, verificá el tratamiento de Ingresos Brutos en tu provincia, registrá el contrato para activar las exenciones y deducciones, y facturá cada mes en tiempo y forma. Ninguno de estos pasos es difícil por separado; el desafío es sostenerlos todos los meses, con cada propiedad y cada contrato.

Esa parte operativa es la que Llavego resuelve para inmobiliarias: facturación electrónica ARCA integrada (Factura A, B o C con CAE y QR), recibos y liquidaciones en PDF con tu marca, cobranza por WhatsApp en lote y ajustes automáticos por ICL, IPC, UVA o CER con avisos de cuándo actualizar cada contrato. Los impuestos los define el contador; el día a día en regla lo sostiene el sistema.

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