Rescisión anticipada del alquiler: cómo se calcula la multa del 10%
Desde el DNU 70/2023, el inquilino puede rescindir el contrato de alquiler en cualquier momento. Si el contrato no pactó otra cosa, la indemnización para el propietario es el 10% del saldo de alquileres que faltan desde la notificación hasta el final del contrato (art. 1221 del Código Civil y Comercial, texto vigente). Veamos cómo se calcula y qué más hay que resolver al momento de la salida.
El cálculo, con un ejemplo
Supongamos un alquiler de $400.000 por mes al valor vigente, y que al momento de la rescisión faltan 14 meses de contrato. El saldo restante es $400.000 × 14 = $5.600.000. La multa del decreto es el 10% de eso: $560.000. Importante: el saldo se calcula al valor del alquiler vigente al momento de rescindir, no al valor inicial del contrato.
¿Siempre es 10%?
No. El 10% es la regla supletoria: rige cuando el contrato no dice otra cosa. Como hoy hay libertad contractual, las partes pueden haber pactado un porcentaje distinto, un monto fijo, un esquema según preaviso, o incluso ninguna penalidad. Lo primero es siempre leer la cláusula de rescisión del contrato; lo segundo, dejar por escrito lo que se acuerde al momento de la salida.
El depósito no compensa la multa (salvo acuerdo)
Un clásico de conflicto: el depósito en garantía se devuelve al terminar el contrato (al valor del último mes de alquiler), y el propietario puede retenerlo un tiempo razonable para verificar deudas de servicios o daños. Pero no puede aplicarlo automáticamente a la multa por rescisión: eso solo corresponde si ambas partes lo acuerdan expresamente por escrito.
La liquidación final: que todo quede por escrito
Al momento de la salida conviene armar una liquidación final que detalle: la penalidad por rescisión (del decreto o la pactada), los servicios pendientes de pago (luz, agua, gas, expensas), los arreglos a cargo del inquilino si los hay, y la devolución del depósito. Con la firma de ambas partes, se cierra la relación sin reclamos posteriores.
En Llavego esto es un formulario: elegís el motivo, el sistema calcula solo el 10% del decreto (o cargás lo pactado), sumás los pendientes, y te genera la liquidación final en PDF lista para firmar — que además queda publicada en el portal del inquilino y del propietario como registro. La rescisión del contrato, la baja de la propiedad y el archivo del inquilino se hacen en el mismo paso.
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