Mes de adelanto y depósito en garantía: en qué se diferencian

Escrito dentro de una inmobiliaria en actividad, por un Martillero y Corredor Público matriculado en Balcarce, provincia de Buenos Aires. Es orientación general sobre cómo funciona la administración de alquileres, no asesoramiento legal ni contable.
Al firmar un alquiler se suelen pedir dos montos que se confunden: el mes de adelanto y el depósito en garantía. No son lo mismo. El mes de adelanto es el pago del primer mes de alquiler; el depósito es una garantía que se devuelve al final. Confundirlos genera discusiones a la salida del inquilino.
¿Qué es el mes de adelanto?
Es el alquiler del primer mes, pagado al firmar. No es una garantía ni se devuelve: es el precio del primer período. El alquiler se paga por adelantado por regla general: si el contrato no dice otra cosa, en un inmueble se paga por anticipado y por mes (artículo 1208 del Código Civil y Comercial). Por eso se llama "adelanto": cubre el mes que empieza, no uno que ya pasó.
¿Qué es el depósito en garantía?
Es un monto que el inquilino entrega para garantizar que va a cumplir: si al final hay daños o deudas, se descuentan de ahí; si no, se le devuelve. No se aplica a pagar alquileres durante el contrato, salvo que se acuerde.
¿Cuánto se puede pedir de cada uno?
Desde el DNU 70/2023 lo acuerdan las partes. El artículo 1196 actual dice que se pueden determinar libremente las cantidades y la moneda del depósito y la forma en que se devuelve al terminar, y que la periodicidad del pago también es libre, aunque no puede ser inferior a mensual. Lo habitual sigue siendo un mes de alquiler de depósito, pero no hay un tope legal. Ojo con los contratos firmados antes del DNU: se rigen por las reglas de su época.
¿Cómo se devuelve el depósito?
Como lo diga el contrato, y por eso conviene que lo diga: en qué moneda, si se actualiza o se devuelve el mismo monto, en qué plazo y contra qué (la entrega de llaves con el inmueble en condiciones y las últimas boletas de servicios pagas). Un depósito en dólares se devuelve en dólares; uno en pesos sin cláusula de actualización, después de dos años de inflación, se devuelve en el mismo número y vale mucho menos, algo que hay que hablar al firmar.
¿El inquilino puede usar el depósito para pagar el último mes?
No, salvo que el propietario lo acepte. El depósito garantiza todo el contrato, incluidos los daños que recién se ven en la entrega. Si el inquilino deja de pagar el último mes "porque ya pagó el depósito", la garantía queda consumida antes de revisar el inmueble.
¿Cómo se registran para no confundirlos?
Por separado. El adelanto es el pago del primer mes, con su recibo de alquiler. El depósito es un monto aparte, que hay que tener anotado con su moneda durante todo el contrato. En Llavego el depósito se carga en el contrato, puede estar en otra moneda que el alquiler, y se marca como devuelto al terminar. Y el primer mes de un contrato nuevo no genera mora, porque se cobra al firmar.
Esta nota es orientación general sobre las reglas vigentes, no asesoramiento legal.
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