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Qué hacer si el inquilino no paga las expensas

6 de octubre de 2026 · 2 min de lectura
Aviso de WhatsApp que reclama expensas adeudadas de dos meses con la boleta adjunta

Escrito dentro de una inmobiliaria en actividad, por un Martillero y Corredor Público matriculado en Balcarce, provincia de Buenos Aires. Es orientación general sobre cómo funciona la administración de alquileres, no asesoramiento legal ni contable.

Si el contrato pone las expensas a cargo del inquilino y no las paga, el problema le llega primero al propietario: frente al consorcio, quien debe las expensas es el propietario de la unidad. Después, el propietario se las reclama al inquilino según el contrato. Esta nota repasa cómo hacerlo y, sobre todo, cómo evitar que se acumulen.

¿A quién le reclama el consorcio?

Al propietario. El artículo 2046 del Código Civil y Comercial lo obliga a pagar las expensas comunes en la proporción de su parte. Que el contrato de alquiler diga que las paga el inquilino es un acuerdo entre ellos dos: no libera al propietario frente al consorcio.

¿Cómo se le reclama al inquilino?

Como cualquier otra obligación del contrato. Si las expensas forman parte de lo que el inquilino se comprometió a pagar periódicamente, integran la prestación dineraria del alquiler, que tiene vía ejecutiva para su cobro (artículo 1208). Primero, un reclamo por escrito con el detalle de lo adeudado; si no paga, se avisa al garante, que responde por las obligaciones del contrato según lo que haya firmado.

Leer: hasta dónde responde el garante de un alquiler

¿Cómo evito que se acumulen?

Cobrándolas con el alquiler. Cuando el inquilino paga las expensas directo al consorcio, el propietario se entera de la deuda cuando ya son varios meses. Si en cambio la inmobiliaria las incluye en el aviso de cobro del mes, las cobra junto con el alquiler y las paga, la deuda no puede crecer sin que nadie lo note. Y si el inquilino las paga por su cuenta, pedirle el comprobante todos los meses.

¿Qué pasa con las expensas impagas al final del contrato?

Se descuentan del depósito en garantía, si alcanza, junto con cualquier otra deuda o daño. Por eso conviene no devolver el depósito hasta tener el libre deuda de expensas del período del contrato, o al menos la última liquidación paga. Si el depósito no alcanza, el saldo se le reclama al inquilino y al garante.

Leer: depósito de garantía, cuánto se pide y cuándo se devuelve

¿Y las expensas extraordinarias?

Depende de lo que diga el contrato y de qué se trate cada gasto, y es uno de los temas más discutidos desde los cambios de la ley de alquileres. La regla práctica: dejar escrito en el contrato qué expensas paga el inquilino y cuáles el propietario, y cuando llegue un gasto extraordinario grande, acordarlo antes de cobrarlo.

En Llavego las expensas son un ítem del pago del mes: aparecen en el aviso de cobranza, en el recibo del inquilino y, si las percibe el propietario, en su liquidación. La boleta de expensas se adjunta al aviso como link.

Esta nota es orientación general, no asesoramiento legal: si la deuda es importante, consultá con un abogado antes de intimar.

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